A- de 2025
Ponente Lina Marcela Escobar Martínez
✓Demandante Ministerio De Comercio Industria Y Turismo·Demandado Sociedad Litex Import Export Ltda
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Incumplimiento de contrato de arrendamiento celebrado por una entidad del Estado
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto entre el Juzgado 011 Administrativo de Santa Marta y el Juzgado 003 Civil del Circuito de Santa Marta, por una demanda civil de restitución de inmueble dado en arrendamiento, instaurado por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, contra la sociedad Litex Import Export Ltda., para solicitar la restitución de una bodega de su propiedad, porque el plazo contractual se venció y la demandada se niega a entregarla.
Cumplidos los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena señala que en Sentencia SU-335/23, la Corte explicó, entre otros temas, que al expirar el plazo del contrato de arrendamiento estatal surge la obligación para el arrendatario de restituir la cosa arrendada; que aunque el arrendatario continúe con la mera tenencia del inmueble arrendado no se extiende el plazo contractual ni lo convierte en ocupante de hecho y, que el contrato de arrendamiento debe ser objeto de liquidación, por tratarse de un acuerdo de tracto sucesivo.
En este caso, el contrato de arrendamiento tiene una naturaleza estatal, porque el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo es el arrendador y no es claro que dicho contrato se haya terminado.
En reiteración de la regla de decisión del Auto 312/21, la competencia judicial para conocer de litigios que pretendan la declaratoria de incumplimiento de un contrato de arrendamiento celebrado por una entidad pública y, como consecuencia de ello, la restitución del inmueble dado en arriendo, corresponde a la jurisdicción de lo contencioso administrativo, según el numeral 2 del artículo 104 del CPACA.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de competencia entre el Juzgado 011 Administrativo de Santa Marta y el Juzgado 003 Civil del Circuito de Santa Marta, en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado 011 Administrativo de Santa Marta conocer la demanda de restitución de inmueble dado en arrendamiento presentada por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo en contra de la sociedad Litex Import Export Ltda.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR el expediente CJU-7160 al Juzgado 011 Administrativo de Santa Marta para lo de su competencia, y para que comunique esta decisión al Juzgado 003 Civil del Circuito de Santa Marta y a los interesados en este trámite.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.